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Article 26

Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

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01

Text of the article

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INGRESO AL CURSO DE ALTOS ESTUDIOS. ingresar al curso de Altos Estudios de que trata el artículo 36 del Decreto 2062 de 1984, los Coroneles que sean propuestos por la Dirección General de la Policía, deben llenar los siguientes requisitos

a)

Estar clasificado en lista uno (1) o dos (2) para ascenso al grado de Coronel y haber mantenido esta clasificación durante los años de permanencia en dicho grado;

b)

Haber cumplido los requisitos de tiempo de servicio que establece el artículo 29 del Decreto 2062 da 1984 y de mando que determina este Decreto;

c)

Obtener concepto favorable del Comité de Evaluación de Oficiales Superiores con base en las condiciones profesionales, morales e intelectuales del Oficial;

d)

Ser llamado al curso por resolución ministerial.

Parágrafo

Será válido para ascenso a Brigadier General el curso que se adelante en la Escuela Superior de Guerra.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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