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Article 2.2.4.13.9

Manifestación De Inconformidad Contra El Dictamen De Pérdida De Capacidad Laboral U Ocupacional Emitido En Primera Oportunidad

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Manifestación de inconformidad contra el dictamen de pérdida de capacidad laboral u ocupacional emitido en primera oportunidad . Presentada una manifestación de inconformidad contra el dictamen en primera oportunidad, la gestión de la solicitud y el pago de los honorarios estará a cargo de Colpensiones como Administradora del Componente de Prima Media por el mecanismo que el Gobierno nacional determine.

Parágrafo

Las entidades obligadas efectuarán el pago de los honorarios anticipadamente, de acuerdo con la normatividad vigente y sin exigir la expedición previa de la factura de venta por parte de las Juntas. Las Juntas enviarán a Colpensiones como Administradora del Componente de Prima la factura en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la fecha del pago de los honorarios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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