Plazo para el pago del precio. El precio de venta de las cuotas sociales a que se refiere el presente programa de enajenación, deberá pagarse dentro de los plazos que se establezcan en los correspondientes reglamentos de enajenación y adjudicación de las diferentes etapas, o en los reglamentos de la Bolsa de Valores, en el caso que la venta se efectúe por su conducto. En caso contrario, el pago del precio deberá realizarse el día hábil bancario siguiente a aquel en que le adjudiquen las cuotas sociales al respectivo comprador.
Decreto 2805 de 2005 →In force
Article 11
Decreto 2805 de 2005 · por el cual se adopta el Programa de Enajenación de las Cuotas Sociales de Agropecuaria Desarrollo Limitada de propiedad del Patrimonio Autónomo Fiducafé "Fideicomiso Número 3-1-0296 Corfioccidente Acciones" constituido en la Fiduciaria Cafetera S. A. Fiducafé y cuyo fideicomitente es Central de Inversiones S. A., CISA.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.