Son Funciones De La División De Programación Y Control De Auditoría: A) Establecer Programas De Fiscalización De Los Impuestos Sobre La Renta, Ventas, Sucesoral E Indirectos, Para Ser Ejecutados Por Las Secciones De Auditoría De Las Administraciones De Impuestos Nacionales; B) Establecer Programas De Fiscalización Para El Control Del Cumplimiento De Las Normas Tributarias Por Parte De Las Entidades Sin Ánimo De Lucro Y Demás Personas No Contribuyentes; C) Establecer Programas Para La Supervisión De La Liquidación Y Recaudo Del Impuesto Sobre Las Ventas Que Efectúan Las Administraciones De Aduana; D) Establecer Programas De Identificación De Contribuyentes Reales Y Potenciales, De Su Incorporación A Los Registros Y De Actualización De Los Mismos, De Acuerdo A Los Métodos Establecidos Por La Sección De Investigación Tributaria; E) Preparar Los Manuales De Procedimientos Internos Que Deben Seguir Las Unidades De Auditoría De Las Administraciones De Impuestos Nacionales Y Las Guías De Supervisión Para El Control De Los Programas Adoptados; F) Controlar El Cumplimiento De Los Programas, Manuales, Reglamentos E Instrucciones Por Parte De Las Unidades De Auditoría De Las Administraciones De Impuestos Nacionales E Impartir Instrucciones Para Corregir Las Irregularidades Que Se Presenten; G) Vigilar La Aplicación De Las Normas Tributarias En La Investigación Y Liquidación De Los Impuestos Nacionales, En Coordinación Con La Subdirección Jurídica; H) Absolver Las Consultas Formuladas Por Los Funcionarios En Relación Con Los Programas Adoptados, En Materia Contable Y De Investigación Y Liquidación De Los Impuestos Sobre La Renta, Ventas, Sucesoral E Indirectos, Y I) (Sic) Preparar Estadísticas Que Reflejen La Actividad De La División Y Que Sean Necesarias Para La Programación Y El Control
Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
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Son funciones de la División de Programación y Control de Auditoría
a)
Establecer programas de fiscalización de los impuestos sobre la renta, ventas, sucesoral e indirectos, para ser ejecutados por las Secciones de Auditoría de las Administraciones de Impuestos Nacionales;
b)
Establecer programas de fiscalización para el control del cumplimiento de las normas tributarias por parte de las entidades sin ánimo de lucro y demás personas no contribuyentes;
c)
Establecer programas para la supervisión de la liquidación y recaudo del impuesto sobre las ventas que efectúan las Administraciones de Aduana;
d)
Establecer programas de identificación de contribuyentes reales y potenciales, de su incorporación a los registros y de actualización de los mismos, de acuerdo a los métodos establecidos por la Sección de Investigación Tributaria;
e)
Preparar los manuales de procedimientos internos que deben seguir las unidades de Auditoría de las Administraciones de Impuestos Nacionales y las guías de supervisión para el control de los programas adoptados;
f)
Controlar el cumplimiento de los programas, manuales, reglamentos e instrucciones por parte de las unidades de Auditoría de las Administraciones de Impuestos Nacionales e impartir instrucciones para corregir las irregularidades que se presenten;
g)
Vigilar la aplicación de las normas tributarias en la investigación y liquidación de los impuestos nacionales, en coordinación con la Subdirección Jurídica;
h)
Absolver las consultas formuladas por los funcionarios en relación con los programas adoptados, en materia contable y de investigación y liquidación de los impuestos sobre la renta, ventas, sucesoral e indirectos, y i) (sic) Preparar estadísticas que reflejen la actividad de la División y que sean necesarias para la programación y el control.
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Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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