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Article 51

Ley 134 de 1931 · Sobre sociedades cooperativas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los estatutos pueden establecer libremente las condiciones y sanciones para que los asociados y adherentes hagan el pago de los aportes, acciones o contingentes suscritos.

Las acciones, cuentas, depósitos, participaciones y derecho» de cualquier clase que correspondan a los socios o adherentes por razón de la sociedad quedan vinculados desde su origen preferentemente a favor de la sociedad cooperativa, como garantía de cualquiera obligación que aquéllos tengan o puedan tener con la sociedad: y .cualquier traspaso, pignoración o vinculación de tales accione» o derechos a extraños a la sociedad, será sin perjuicio de los derechos preferentes de esta.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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