o A partir del 1° de enero de 1992, el subsidio de alimentación de los funcionarios del Departamento Nacional de Planeación que devenguen asignaciones básicas no superiores a ciento noventa y nueve mil setenta y seis pesos ($199.076.00) m/cte., será de seis mil setecientos ochenta y cuatro pesos ($6.784.00) mensuales o proporcionales al tiempo de servicio, pagaderos por el mencionado departamento. No se tendrá derecho a este subsidio cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia o suspendido en el ejercicio de sus funciones.
Decreto 874 de 1992 →In force
Article 9
O A Partir Del 1° De Enero De 1992, El Subsidio De Alimentación De Los Funcionarios Del Departamento Nacional De Planeación Que Devenguen Asignaciones Básicas No Superiores A Ciento Noventa Y Nueve Mil Setenta Y Seis Pesos ($199
Decreto 874 de 1992 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a los empleos del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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