º Del número de representantes a elegir . En cada una de las Seccionales y en el nivel nacional, los funcionarios de Seguridad Social elegirán los representantes ante respectivas Comisiones de Personal, en el número y por los grupos de funcionarios que se establecen a continuación: Un (1) principal y dos (2) suplentes entre los profesionales médicos y odontólogos del área asistencial. Un (1) principal y dos (2) suplentes entre los demás Profesionales del área asistencial. Un (1) principal y dos (2) suplentes entre los funcionarios del área asistencial no profesionales. Un (1) principal y dos (2) suplentes entre los profesionales del área administrativa. Un (1) principal y dos (2) suplentes entre los funcionarios del área administrativa no Profesionales.
Decreto 1026 de 1983 →In force
Article 4
Del Número De Representantes A Elegir
Decreto 1026 de 1983 · Por el cual se reglamenta la elección de los representantes de los funcionarios de Seguridad Social en las Comisiones de Personal del Instituto de Seguros Sociales y se dictan medidas sobre su funcionamiento
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.