Consejo Asesor. De conformidad con lo previsto en el artículo 24 del Decreto 2153 de 1992, el Superintendente de Industria y Comercio tendrá un Consejo Asesor para asuntos relacionados con la promoción de la competencia, integrado por (5) cinco expertos en materias empresariales, económicas o jurídicas, de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República. El Consejo Asesor será un órgano auxiliar de carácter consultivo y sus opiniones no obligarán al Superintendente de Industria y Comercio. Este último podrá convocarlo cada vez que lo crea conveniente y será obligatorio que lo oiga en los eventos a que se refieren los numerales 9, 10 y 13 del artículo tercero, este último en el evento previsto en el inciso primero del numeral 15 del artículo 4° del Decreto 2153 de 1992 o las normas que lo modifiquen o adicionen, así como en ejercicio de las facultades administrativas de competencia desleal cuando vaya a adoptar las mismas medidas a las que se refieren los numerales antes mencionados. Los miembros del Consejo Asesor estarán sujetos a las inhabilidades y régimen de honorarios previstos para los miembros del Consejo Asesor del Superintendente Financiero. Tales honorarios se pagarán siempre y cuando no se trate de servidores públicos.
Decreto 3523 de 2009 →In force
Article 17
Consejo Asesor
Decreto 3523 de 2009 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Industria y Comercio y se determinan las funciones de sus dependencias.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
repealed by decreto 4886/11 amended (verif_articulado: el artículo 17 del decreto 3523 de 2009, el cual quedará así) by decreto 1687/10
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.