Oportunidad para solicitar a la Superintendencia de Sociedades aprobación del estado del inventario del patrimonio social. La sociedad, dentro del mes siguiente a la fecha en que quedó disuelta respecto de los asociados y terceros, Circular externa deberá solicitar a la Superintendencia de Sociedades la aprobación del estado financiero de inventario del patrimonio social. En el evento en que no sea solicitada dicha aprobación en el término indicado en el párrafo anterior, esta Superintendencia está facultada para imponer sanciones o multas hasta de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Cuando la disolución provenga del vencimiento del término de duración de la sociedad, el corte del estado de inventario del patrimonio social deberá corresponder al mes en el cual expiró la fecha de duración de la misma. En los demás casos, será el mes en el cual quede inscrita en el registro mercantil el acta o documento contentivo de la disolución del ente económico. En el evento de que la sociedad tenga pensionados a su cargo, deberá remitir los documentos que demuestren que ha elevado la solicitud para efectuar la conmutación pensional y obtener el concepto previo favorable del Ministerio de Trabajo, así como la autorización de esta entidad.
Circular 100-000020 de 2026 →In force
Article 7.11
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.