Todos los libros de contabilidad que lleven las sociedades anónimas deberán ser escritos en idioma castellano. La sociedad que los lleve en otro idioma incurrirá en multas de $100 a $1000, que podrán se impuestas por cualquier juez, por la Cámaras de Comercio o por la Superintendencia de Sociedades Anónimas; pagará el costo de la traducción cuando ella sea necesaria, y no podrá aducirlos como prueba en ningún caso. Estas multas ingresarán al tesoro de la respectiva Cámara.
Decreto 2521 de 1950 →In force
Article 145
Todos Los Libros De Contabilidad Que Lleven Las Sociedades Anónimas Deberán Ser Escritos En Idioma Castellano
Decreto 2521 de 1950 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.