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Article 5

El Programa De Estudios De Derecho En Carreras Diurnas Tendrá, Excluyendo El Tiempo Requerido Para Cumplir Los Requisitos De Grado, Una Duración- De Diez (10) Semestres, O Su Equivalente En Períodos Académicos

Decreto 225 de 1977 · Por el cual se establece el plan de estudios para la carrera de Derecho, se adiciona el Decreto 1189 de 1974 y se dictan otras disposiciones

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01

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°. El programa de estudios de derecho en carreras diurnas tendrá, excluyendo el tiempo requerido para cumplir los requisitos de grado, una duración- de diez (10) semestres, o su equivalente en períodos académicos. El programa de estudios de derecho en carreras nocturnas tendrá, excluyendo el tiempo requerido para cumplirlos requisitos de grado, una duración de doce (12) semestres, o su equivalente en períodos académicos. Un semestre académico corresponde a dieciséis (16) semanas de trabajo.

Parágrafo

Esta-norma sólo se aplicará a los alumnos que inicien sus estudios con posterioridad al primero (1°) de enero de 1978.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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