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Article 3

Los Establecimientos Nacionales De Educación Dependientes Directamente Del Ministerio De Educación, Harán Las Solicitudes Al Instituto Colombiano De Construcciones Escolares (Icce) De Los Muebles Y Equipos Que Requieran, Previa Demostración De Que Disponen De Los Recursos Presupuéstales Y Tengan La Autorización Del Ministro De Educación O De Su Delegado En Cada Departamento

Decreto 391 de 1970 · por el cual se asigna al Instituto Colombiano de Construcciones Escolares (ICCE) una función.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Los establecimientos nacionales de educación dependientes directamente del Ministerio de Educación, harán las solicitudes al Instituto Colombiano de construcciones Escolares (ICCE) de los muebles y equipos que requieran, previa demostración de que disponen de los recursos presupuéstales y tengan la autorización del Ministro de Educación o de su delegado en cada departamento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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