°. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de Productos Agrícolas Procesados originarios de un Estado AELC, comprendidos en las líneas arancelarias de la categoría de desgravación F en el artículo 21 del presente Decreto, mantendrán una preferencia del cinco por ciento (5%) sobre el arancel base a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo. Tasa Base A partir del Año 1 5% 4,8% 15% 14,3% 20% 19,0%
Article 18
Los Aranceles Aduaneros Sobre Las Importaciones De Productos Agrícolas Procesados Originarios De Un Estado Aelc, Comprendidos En Las Líneas Arancelarias De La Categoría De Desgravación F En El Artículo 21 Del Presente Decreto, Mantendrán Una Preferencia Del Cinco Por Ciento (5%) Sobre El Arancel Base A Partir De La Fecha De Entrada En Vigor Del Acuerdo
Decreto 29 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la República de Islandia, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y el Reino de Noruega, y el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza
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