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Article 12

La Partida De $130 Mil Millones Para Los Subsidios De Vivienda De Interés Social, Y Los Otros Rubros Que Tengan El Mismo Propósito Deberán Ser Distribuidos Con Los Criterios Regionales Que Diseñó El Ministerio De Desarrollo Económico En Virtud De La Ley 546 De 1999 Y Sus Decretos Reglamentarios

Decreto 1656 de 2000 · Por el cual se liquida la Ley 612 del 29 de agosto de 2000 que decreta unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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La partida de $130 mil millones para los subsidios de vivienda de interés social, y los otros rubros que tengan el mismo propósito deberán ser distribuidos con los criterios regionales que diseñó el Ministerio de Desarrollo Económico en virtud de la Ley 546 de 1999 y sus decretos reglamentarios. Se deberán respetar las aspiraciones de los diferentes departamentos y municipios colombianos, y se deberán compensar a las regiones el menor valor trasladado en el año 1999.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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