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Article 6

º De Los Subsidios

Decreto 2201 de 1987 · por el cual se recogen y codifican los auxilios, primas, bonificaciones, sobrerremuneraciones, subsidios, servicio médico, seguros y régimen de pensiones de los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º DE LOS SUBSIDIOS. Telecom reconoce y paga a sus empleados los siguientes subsidios

a)

FAMILIAR. Se paga por la empresa directamente al empleado cuya remuneración mensual no supere el equivalente cuatro (4) salarios mínimos de la empresa y se liquida por cada persona a cargo inscrita. Son personas a cargo del empleado: Los padres mayores de sesenta años, los hijos hasta la edad de 23 años y los hermanos huérfanos de padre hasta la misma edad. También lo son los padres, hijos o hermanos incapacitados para trabajar. Cuando el hijo o hermano, inválido, impedido o anormal recibe educación o formación especial, tiene derecho al doble de la cuota del subsidio.

b)

DE TRANSPORTE. Es el auxilio establecido por el Gobierno Nacional para los trabajadores particulares y empleados oficiales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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