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Article 1.2.4.23

Responsabilidades Del Agente De Retención Señalado Por La Dian

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

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Text of the article

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Responsabilidades del agente de retención señalado por la DIAN. Con el fin de garantizar la correcta práctica de la retención en la fuente a título de los impuestos de renta y/o IVA y asegurar el recaudo efectivo de la misma, el agente de retención es responsable de:

1.

Asegurar que existan los fondos suficientes para cubrir el valor con destino al beneficiario y el valor de las retenciones a que haya lugar.

2.

Efectuar a través de la entidad financiera las retenciones en la fuente a que haya lugar, lo que implica para el agente de retención suministrar la información de que trata el artículo 1.2.4.25 del presente decreto.

3.

Presentar y pagar la declaración de retenciones en la fuente.

4.

Expedir conforme a la ley los certificados por concepto de salarios. Tratándose de las retenciones practicadas a través de las entidades financieras, a título de renta, por conceptos diferentes a salarios, el sujeto pasivo de la retención podrá imputar en sus declaraciones los valores de los comprobantes informados por la entidad financiera a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En este caso, el agente de retención no tendrá la obligación de expedir estos certificados.

Tratándose de las retenciones practicadas a través de las entidades financieras, a título del impuesto sobre las ventas, el sujeto retenido podrá imputar en sus declaraciones los valores de los comprobantes informados por la entidad financiera a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En este caso, el agente de retención no tendrá la obligación de expedir los certificados de IVA.

5.

Responder por las sumas dejadas de retener o retenidas por inferior valor al que corresponde.

6.

Cumplir con las obligaciones propias de la calidad de agente retenedor, contempladas en los artículos 1.2.4.20 al 1.2.4.23, 1.2.4.25 al 1.2.4.33 y 1.2.4.36 del presente decreto y en las demás normas vigentes, so pena de las sanciones que se deriven de tal incumplimiento.

(Artículo 4°, Decreto 1159 de 2012)

02

Constitutional history

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