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Article 8

Ley 612 de 2000 · Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 2000

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Nación podrá dar créditos con cargo a las asignaciones de la actual vigencia fiscal para financiar las plantas de personal de docentes departamentales en los casos en que el Situado Fiscal asignado a un departamento para financiar el servicio educativo no cubra los costos de las obligaciones adquiridas, o cuando los recursos propios de los departamentos sean insuficientes para cumplir las obligaciones con los docentes de las plantas departamentales. Los créditos podrán ser condonados por el Gobierno Nacional, incluidos los de 1999.

Parágrafo 1

Los créditos a que se refiere el presente artículo no se tendrán en cuenta para determinar la capacidad de pago de las entidades territoriales.

En el caso de los educadores departamentales, y del Situado Fiscal, se suscribirá un convenio de desempeño o un otrosí cuando ya haya convenio de desempeño.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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