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Article 140

Las Horas De Acostarse Y Levantarse Deben Hacerse Conocer Por Medio De Un Toque De Campana U Otra Señal Semejante

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

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Text of the article

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las horas de acostarse y levantarse deben hacerse conocer por medio de un toque de campana u otra señal semejante. Al dar la señal para levantarse, los detenidos o condenados deben dejar el lecho, atender a su aseo personal y al aseo y la limpieza de la celda. La limpieza de los demás locales del Establecimiento deben hacerse todos los días en las primeras horas de la mañana, por los detenidos o condenados destinados por la dirección para tal servicio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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