las horas de acostarse y levantarse deben hacerse conocer por medio de un toque de campana u otra señal semejante. Al dar la señal para levantarse, los detenidos o condenados deben dejar el lecho, atender a su aseo personal y al aseo y la limpieza de la celda. La limpieza de los demás locales del Establecimiento deben hacerse todos los días en las primeras horas de la mañana, por los detenidos o condenados destinados por la dirección para tal servicio.
Decreto 1817 de 1964 →In force
Article 140
Las Horas De Acostarse Y Levantarse Deben Hacerse Conocer Por Medio De Un Toque De Campana U Otra Señal Semejante
Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.