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Article 1

Los Empleados De Las Entidades Públicas A Las Cuales Se Aplica La Ley 443 De 1998 Permanecerán En Los Cargos De Carrera Que Vienen Ejerciendo Con El Carácter De Provisionales Hasta Cuando Se Reglamenten, Convoquen Y Culminen Los Procesos De Selección Para Su Provisión Definitiva, Con Excepción De Quienes Como Resultado De Investigación Disciplinaria Deban Ser Retirados Del Servicio

Decreto 1330 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente el parágrafo 2 del artículo 15 y el artículo 16 de la Ley 443 de 1998.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Los empleados de las entidades públicas a las cuales se aplica la Ley 443 de 1998 permanecerán en los cargos de carrera que vienen ejerciendo con el carácter de provisionales hasta cuando se reglamenten, convoquen y culminen los procesos de selección para su provisión definitiva, con excepción de quienes como resultado de investigación disciplinaria deban ser retirados del servicio. Por lo tanto, los respectivos nominadores no podrán declarar la insubsistencia de sus nombramientos a partir de la fecha y durante el desarrollo de los citados procesos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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