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Article 48

Grupos Técnico-Pedagógicos Regionales Y Seccionales

Decreto 1424 de 1998 · por el cual se establece el sistema salarial de evaluación por méritos para los Instructores del Servicio Nacional de Aprendizaje-Sena.

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Grupos Técnico-Pedagógicos Regionales y Seccionales. Los Grupos Técnico - Pedagógicos Regionales y Seccionales, estarán integrados por los funcionarios homólogos en esos niveles, de aquellos que conforman el Comité Técnico-Pedagógico Nacional del Sistema, lo cual se hará mediante resolución del Director Regional o Seccional. Cuando se vayan a evaluar productos técnico-pedagógicos asistirán los dos (2) representantes de los instructores designados por la organización sindical, en los niveles regionale o seccional, según el caso. Corresponde a Grupos Técnico-Pedagógicos Regionales y Seccionales las siguientes funciones

1.

Recibir las inscripciones de los productos técnico-pedagógicos de la Regional.

2.

Recibir, analizar y evaluar los productos técnico-pedagógicos presentados por los instructores y presentar los resultados con la documentación de soporte al Comité Regional del Sistema.

3.

Devolver con las observaciones respectivas los productos técnico-pedagógicos que no cumplan con lo establecido en el presente decreto.

4.

Clasificar los productos técnico-pedagógicos de acuerdo con lo establecido en el presente decreto.

5.

Llevar el registro y control de los productos técnico-pedagógicos presentados por los instructores a nivel Regional.

6.

Orientar a los interesados en la búsqueda de información sobre los productos técnicopedagógicos existentes y validados en la institución, con el fin de evitar duplicidades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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