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Article 2

El Gobierno Podrá Asignar, Cuándo Lo Estime, Necesario Y Previo Cumplimiento De Las Formalidades Legales Del Caso, Prima Técnica A Las Personas Que Ocupen Los Cargos De: Un (1) Superintendente; Un (1) Superintendente Primer Delegado; Un (1) Superintendente Segundo Delegado; Jefes De Las Oficinas: Jurídica, De Actuaría, Económica Y Estudios Técnicos, De Control Del Banco De La República; Jefes De Las Divisiones De: Análisis De Balances, Cafeteros, Estudios Técnicos, Seguros Y Capitalización, Bancos, Corporaciones Financieras, Almacenes Generales De Depósito

Decreto 3125 de 1968 · por el cual se determina la planta de personal de la Superintendencia Bancaria.

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Text of the article

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° El Gobierno podrá asignar, cuándo lo estime, necesario y previo cumplimiento de las formalidades legales del caso, prima técnica a las personas que ocupen los cargos de: un (1) Superintendente; un (1) Superintendente Primer Delegado; un (1) Superintendente Segundo Delegado; Jefes de las Oficinas: Jurídica, de Actuaría, Económica y Estudios Técnicos, de Control del Banco de la República; Jefes de las Divisiones de: Análisis de Balances, Cafeteros, Estudios Técnicos, Seguros y Capitalización, Bancos, Corporaciones Financieras, Almacenes Generales de Depósito.

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Constitutional history

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