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Article 1

Los Nacionales Colombianos Domiciliados En La Zona Fronteriza Con El Ecuador, Constituida Por El Departamento De Nariño, Que Requieran Entrar Frecuentemente A Territorio Ecuatoriano, Podrán Obtener Del Respectivo Alcalde Del Municipio En Que Se Hallen Domiciliados Y Siempre Que Su Estado Civil Y Buena Conducta Sean Conocidos De Dicho Funcionario, Y Que Éste No Tenga Motivos Para Negarles La Salida Del País, Una Cédula De Identidad Fronteriza Gratuita, Que Les Permitirá Salir De Colombia Con Destino A Las Provincias Del Carchi Y Esmeraldas, En El Ecuador

Decreto 464 de 1945 · Por el cual se reglamenta el tránsito de la frontera colombo-ecuatoriana para los nacionales de uno y otro país domiciliados en las regiones vecinas de esa frontera y se crea la Cédula de Identidad Fronteriza

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Los nacionales colombianos domiciliados en la zona fronteriza con el Ecuador, constituida por el Departamento de Nariño, que requieran entrar frecuentemente a territorio ecuatoriano, podrán obtener del respectivo Alcalde del Municipio en que se hallen domiciliados y siempre que su estado civil y buena conducta sean conocidos de dicho funcionario, y que éste no tenga motivos para negarles la salida del país, una Cédula de Identidad Fronteriza gratuita, que les permitirá salir de Colombia con destino a las provincias del Carchi y Esmeraldas, en el Ecuador.

02

Constitutional history

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