°. Si alguno de los propietarios de terrenos que sean atravesados por las vías que se vayan á construir reclamare indemnización de perjuicios, corresponde al ingeniero Director la formación del expediente respectivo; y junto con los comprobantes del caso lo enviará al Ministerio de Obras Públicas para resolver la reclamación.
Article 7
Si Alguno De Los Propietarios De Terrenos Que Sean Atravesados Por Las Vías Que Se Vayan Á Construir Reclamare Indemnización De Perjuicios, Corresponde Al Ingeniero Director La Formación Del Expediente Respectivo; Y Junto Con Los Comprobantes Del Caso Lo Enviará Al Ministerio De Obras Públicas Para Resolver La Reclamación
Decreto 903 de 1907 · Por el cual se dispone la construcción de la carretera de El Carmen a Jesús del Río y de varios ramales de camino de herradura en el Departamento de Bolívar
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