La relegación a las colonias penales consiste en la permanencia del condenado en los lugares de colonización que señale la Dirección General de Prisiones, en donde deberá dedicarse a trabajos agrícolas o en obras públicas, sin estar sometido a otro régimen que el determinado especialmente para la colonia por la ley correspondiente. El penado podrá residir en la colonia con su familia.
Decreto 2300 de 1936 →In force
Article 57
La Relegación A Las Colonias Penales Consiste En La Permanencia Del Condenado En Los Lugares De Colonización Que Señale La Dirección General De Prisiones, En Donde Deberá Dedicarse A Trabajos Agrícolas O En Obras Públicas, Sin Estar Sometido A Otro Régimen Que El Determinado Especialmente Para La Colonia Por La Ley Correspondiente
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
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01
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02
Constitutional history
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