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Article 10

Funciones De La Comisión Intersectorial Del Sistema Nacional De Cuidado

Decreto 628 de 2026 · Por el cual se reglamenta el modelo de gobernanza del Sistema Nacional de Cuidado y se dictan otras disposiciones

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01

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La Comisión Intersectorial del Sistema Nacional de Cuidado tendrá las siguientes funciones:

1.

Contribuir en la implementación y seguimiento de la Política Nacional de Cuidado y del Sistema Nacional de Cuidado.

2.

Articular y coordinar con las instancias y entidades públicas del nivel nacional la implementación y puesta en marcha del Sistema Nacional de Cuidado, así como la creación, ampliación y regulación de respuesta institucional y comunitaria de cuidado.

3.

Fomentar la articulación entre el Estado, el sector privado, la sociedad civil y las organizaciones comunitarias para la democratización del cuidado.

4.

Orientar el diseño de una estrategia para la implementación de Alianzas Público-Populares para los cuidados comunitarios que reconozca, visibilice y promueva prácticas de cuidado colectivas comunitarias, rurales, urbanas y ancestrales de los diferentes pueblos, comunidades y organizaciones sociales.

5.

Atender las recomendaciones del Consejo Asesor de Cuidado, de acuerdo con su pertinencia en el marco de sus competencias.

6.

Brindar acompañamiento para el diseño de la metodología de monitoreo y sistema de información del Sistema Nacional de Cuidado.

7.

Apoyar la elaboración de los criterios técnicos para las acciones de comunicación del Sistema Nacional de Cuidado, así como la gestión de conocimiento para su actualización.

8.

Aprobar el Plan Anual de Trabajo de la Comisión.

9.

Expedir su propio reglamento, plan de trabajo e instrumentos de seguimiento, en un plazo de seis (6) meses, contados a partir de la expedición del presente decreto.

10.

Las demás funciones que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto para la que fue creada.

02

Constitutional history

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