Proyectos de los planes nacionales y territoriales de desarrollo en el anexo indicativo de iniciativas de proyectos de inversión. En desarrollo de lo previsto en el parágrafo 2° del artículo 361 de la Constitución Política, los proyectos incorporados en los Planes Nacionales y Territoriales de Desarrollo harán parte del anexo indicativo de iniciativas de inversión y serán susceptibles de financiación con cargo al Sistema General de Regalías. Igualmente, dentro de los principios de concurrencia, subsidiaridad y complementariedad previstos en la Ley 1450 de 2011, podrán hacer parte de este anexo, los proyectos contenidos en el correspondiente BPIN, a la fecha de aprobación de la presente ley.
Ley 1606 de 2012 →In force
Article 22
Ley 1606 de 2012 · por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el Bienio del 1° de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2014
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.