º Para que una persona que haya prestado servicios en el exterior pueda ser nombrada nuevamente en el Servicio Exterior, deberá presentar examen de competencia y trabajar previamente en la planta interna del Ministerio, por un tiempo no inferior a la mitad del que haya trabajado en el exterior.
Article 3
º Para Que Una Persona Que Haya Prestado Servicios En El Exterior Pueda Ser Nombrada Nuevamente En El Servicio Exterior, Deberá Presentar Examen De Competencia Y Trabajar Previamente En La Planta Interna Del Ministerio, Por Un Tiempo No Inferior A La Mitad Del Que Haya Trabajado En El Exterior
Decreto 1823 de 1991 · por el cual se determina el tiempo de permanencia en el servicio exterior para el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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