º Los empleados públicos vinculados a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero que deban viajar fuera o dentro del país en comisión de servicios, tendrán derecho al reconocimiento y pago de viáticos en la misma cuantía y condiciones que las disposiciones vigentes establezcan para los de la Rama Ejecutiva del orden nacional, de acuerdo con la asignación básica y los gastos de representación que devengan.
Dentro de los límites fijados por las disposiciones vigentes, la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero podrá fijar por acuerdo la escala de viáticos aplicable a sus funcionarios, consultando, entre otros criterios, la naturaleza de las comisiones y el lugar donde ellas deban cumplirse.