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Article 462

Decreto 2685 de 1999 · por el cual se modifica la Legislación Aduanera

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01

Text of the article

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Documentos soporte de la Declaración de Importación Simplificada.

Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a obtener antes de la presentación y aceptación de la Declaración y a conservar por un período mínimo de cinco (5) años contados a partir de la presentación y aceptación de la Declaración, el original de los siguientes documentos que deberá poner a disposición de la autoridad aduanera, cuando ésta así lo requiera:

a)

Factura comercial, cuando a ella hubiere lugar;

b)

Documento de transporte;

c)

Lista de empaque, cuando hubiere lugar a ella;

d)

Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado y,

e)

Declaración Andina del Valor y los documentos soporte cuando a ello hubiere lugar.

Parágrafo 1

La Declaración de Importación Simplificada bajo la modalidad de franquicia deberápresentarse de conformidad con los artículos 10º y 11º del presente Decreto.

Parágrafo 2

En el original de cada uno de los documentos soporte que deben conservarse de conformidad con el presente artículo, el declarante deberá consignar el número y fecha de la Declaración de Importación a la cual corresponden.

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 462. Documentos soporte de la Declaración de Importación Simplificada.

Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a obtener antes de la presentación y aceptación de la Declaración y a conservar por un período mínimo de cinco (5) años contados a partir de la presentación y aceptación de la Declaración, el original de los siguientes documentos que deberá poner a disposición de la autoridad aduanera, cuando ésta así lo requiera:

a)

Factura comercial, cuando a ella hubiere lugar;

b)

Documento de transporte;

c)

Lista de empaque, cuando hubiere lugar a ella;

d)

Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado y,

e)

Declaración Andina del Valor y los documentos soporte cuando a ello hubiere lugar.

Parágrafo 1

La Declaración de Importación Simplificada bajo la modalidad de franquicia deberápresentarse de conformidad con los artículos 10º y 11º del presente Decreto.

Parágrafo 2

En el original de cada uno de los documentos soporte que deben conservarse de conformidad con el presente artículo, el declarante deberá consignar el número y fecha de la Declaración de Importación a la cual corresponden.

02

Constitutional history

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