Artículos 15. De la capacidad sicofísica para el ingreso del personal civil . Las condiciones de capacidad sicofísica del personal civil que ingresa al servicio de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional serán las necesarias para e el correcto desempeño de las funciones asignadas al Cargo propuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Decreto. Para la calificación de la capacidad sicofísica del personal civil deberá tenerse en cuenta el cargo a ocupar, de acuerdo con la clasificación establecida, por las normas reglamentarias vigentes.
Article 15
Decreto 3049 de 1981 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto número 1836 de 1979, que determina las normas relativas a la capacidad sicofísica, las incapacidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Soldados, Grumetes, Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio Defensa y de la Policía Nacional
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