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Article 8

Las Municipalidades Y Los Individuos Particulares Tienen En Favor De Las Vías Públicas Y Para La Seguridad Y Comodidad De Los Que Transiten Por Ellas Los Mismos Derechos Que Los Dueños De Heredades Y Edificios Privados

Decreto 21 de 1909 · Sobre reglamento de policía de los caminos

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Text of the article

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º. Las Municipalidades y los individuos particulares tienen en favor de las vías públicas y para la seguridad y comodidad de los que transiten por ellas los mismos derechos que los dueños de heredades y edificios privados. Siempre que á consecuencia de una acción intentada en virtud de este derecho haya de demolerse ó enmendarse una construcción ó de resarcirse un daño sufrido, se adjudicará á las Rentas Municipales respectivas ó al querellante particular la multa en que incurra el contraventor.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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