ARTICULO 17. Solicitud previa de liquidación . A solicitud de la entidad beneficiaria, la Dirección General de Aduanas expedirá una liquidación señalando el monto total de los impuestos a pagar en el momento de la venta del vehículo y dispondrá de un término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de solicitud para formular el cobro, que deberá ser cancelado en el plazo que establecen las normas generales.
Decreto 2148 de 1991 →In force
Article 17
Solicitud Previa De Liquidación
Decreto 2148 de 1991 · por el cual se establecen las normas aplicables a la importación de vehículos automóviles, equipajes y menajes que realicen las embajadas o sedes oficiales, los Agentes diplomáticos, consulares y de organismos internacionales acreditados en el país y los funcionarios colombianos que regresen al término de su misión.
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01
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02
Constitutional history
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