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Article 2

Decreto 892 de 1974 · Por el cual se desarrolla parcialmente el artículo 23 del Decreto 3153 de 1968.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Artículo segundo. El Instituto Colombiano de Construcciones Escolares –ICCE­, procederá de conformidad con las disposiciones legales vigentes a suprimir de su organización interna la estructura de la Unidad cuyas funciones se transfieren y los cargos creados para el cumplimiento de las mismas. Por su parte, el Instituto Colombiano de Pedagogía –ICOLPE­, a través del Consejo Directivo de la Universidad Pedagógica Nacional, propondrá al Gobierno Nacional, la aprobación de los Acuerdos que amplían la estructura del Instituto y la planta de personal para atender el nuevo servicio asignado.

Parágrafo

El Ministerio de Educación Nacional a través de la Oficina de Planeamiento Educativo, asesorará al ICOLPE en el diseño de la nueva organización que adoptarán los Centros Regionales de Capacitación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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