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Article 8

Ley 34 de 1984 · Por la cual se provee al financiamiento del Presupuesto de 1984 y se autorizan algunas operaciones financieras

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En el evento de que se agote el fondo de que trata el artículo anterior y cuando durante sesenta días sucesivos la cuenta de los Títulos de Ahorro Nacional, TAN, en el Banco de la República presente saldos negativos por una suma superior al 10% del valor promedio de los Títulos en circulación en igual período, el Gobierno Nacional estará obligado a hacer o proponer al Congreso Nacional las apropiaciones presupuestales necesarias y a efectuar los giros para cancelar la totalidad de ese saldo negativo en la primera oportunidad para ello, bien sea en una adición presupuestal o en el proyecto de presupuesto para el año siguiente.

El incumplimiento de esta obligación será motivo de devolución del acto presupuestal respectivo por parte del Congreso Nacional o del Consejo de Estado, según el caso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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