° Modifícase el artículo 2° del Decreto 1544 del 5 de agosto de 1993, en el sentido de que la comisión del señor Ministro de Obras Públicas y Transporte, a la ciudad de Maracaibo, Venezuela, se llevará a cabo por un término de tres (3) días contados a partir del 17 de agosto del año en curso.
Article 1
Modifícase El Artículo 2° Del Decreto 1544 Del 5 De Agosto De 1993, En El Sentido De Que La Comisión Del Señor Ministro De Obras Públicas Y Transporte, A La Ciudad De Maracaibo, Venezuela, Se Llevará A Cabo Por Un Término De Tres (3) Días Contados A Partir Del 17 De Agosto Del Año En Curso
Decreto 1575 de 1993 · por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 1544 de 5 de agosto de 1993, mediante el cual se confirió una comisión de servicios al exterior al doctor Jorge Bendeck Olivella, Ministro de Obras Públicas y Transporte y se encargó de las funciones de su Despacho al doctor Juan Alfonso Latorre Uriza, Viceministro de Obras Públicas y Transporte.
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