° El Rector procederá a determinar el número de Jefes de Departamento que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Decreto que se reglamenta, deban formar parte inicialmente de los Consejos de Facultad o de Unidad, e igualmente procederá a hacer la selección correspondiente.
Article 7
El Rector Procederá A Determinar El Número De Jefes De Departamento Que De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 67 Del Decreto Que Se Reglamenta, Deban Formar Parte Inicialmente De Los Consejos De Facultad O De Unidad, E Igualmente Procederá A Hacer La Selección Correspondiente
Decreto 515 de 1980 · Por el cual se reglamentan los artículos 126, 191 y 192 del Decreto extraordinario número 80 de 1980, sobre integración inicial y funcionamiento de los Consejos Superior, Académico y de Facultad o de Unidad de la instituciones oficiales universitarias y tecnológicas
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