JurídicoESEN

Article 15

Las Empresas Podrán Contratar El Funcionamiento De Estas Escuelas Con Personas Que Se Obliguen A Cumplir Todas Las Disposiciones Sobre La Materia, Aunque Esas Personas No Entren A Dirigir En Forma Directa La Escuela O Escuelas, Sino Que A Su Vez Seleccionen A Los Maestros, Contraten Los Edificios Y Suministren Los Muebles Y Útiles

Decreto 2553 de 1951 · Por el cual se reglamentan los artículos 285, 286 y 287 del Código del Trabajo y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las empresas podrán contratar el funcionamiento de estas escuelas con personas que se obliguen a cumplir todas las disposiciones sobre la materia, aunque esas personas no entren a dirigir en forma directa la escuela o escuelas, sino que a su vez seleccionen a los maestros, contraten los edificios y suministren los muebles y útiles. Los maestros designados en la forma expresada en estos artículos se consideran como empleados de la empresa para los efectos de las prestaciones sociales. Los contratistas a que se refiere el presente artículo sólo responden por el funcionamiento de las escuelas ante las empresas, sin que la responsabilidad de éstas ante el Estado disminuya en lo que refiere al funcionamiento de aquellos centros de enseñanza.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2553 de 1951