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Article 4

Decreto 18700712 de 1870 · orgánico de la Secretaría de Guerra i Marina de la Unión.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Art. 4.° Corresponde a la 3.ª seccion: Llevar la cuenta por anticipacion de los gastos de todos los Cuerpos en servicio activo; la liquidacion i ordenacion de los vales i de las libranzas a favor de dichos Cuerpos; la cuenta con los parques nacionales i con los hospitales militares; la liquidacion de los pasaportes que se den a los individuos del Ejército en comision o por licencia; la revision i fenecimiento primitivo de las cuentas que rindan los Consejos administrativos de los Cuerpos i los Estados Mayores; la cuenta jeneral de la Secretaría de Guerra; la liquidacion de todos los créditos que deban reconocerse por servicios en el ramo militar, i la espedicion de las respectivas órdenes de pago; todo lo relativo a ajustamientos militares de cualquier tiempo; las legalizaciones de gastos militares hechos por anticipacion; las delegaciones de créditos que se ordenen por la Secretaría; el exámen i sustanciacion de todo reclamo que se refiera al ramo de contabilidad i demas asuntos relacionados con ésta, i la formacion el presupuesto anual para el Departamento de Guerra.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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