JurídicoESEN

Article 148

La Resolución Que Otorgue La Licencia De Funcionamiento Del Zoocriadero Debe Contener Las Obligaciones Que Contrae Su Titular, Entre Ellas La De No Aprovechar Individuos, Especímenes O Productos Hasta Tanto Se Demuestre El Rendimiento Autosostenimiento De La Población Parental, Lo Cual Se Acreditará Mediante Visitas Técnicas Y Con Concepto De Alguna Facultad O Departamento Universitario A Través De Sus Especialidades De Biología, Veterinaria O Zootecnia

Decreto 1608 de 1978 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La resolución que otorgue la licencia de funcionamiento del zoocriadero debe contener las obligaciones que contrae su titular, entre ellas la de no aprovechar individuos, especímenes o productos hasta tanto se demuestre el rendimiento autosostenimiento de la población parental, lo cual se acreditará mediante visitas técnicas y con concepto de alguna facultad o departamento universitario a través de sus especialidades de biología, veterinaria o zootecnia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1608 de 1978