La resolución que otorgue la licencia de funcionamiento del zoocriadero debe contener las obligaciones que contrae su titular, entre ellas la de no aprovechar individuos, especímenes o productos hasta tanto se demuestre el rendimiento autosostenimiento de la población parental, lo cual se acreditará mediante visitas técnicas y con concepto de alguna facultad o departamento universitario a través de sus especialidades de biología, veterinaria o zootecnia.
Article 148
La Resolución Que Otorgue La Licencia De Funcionamiento Del Zoocriadero Debe Contener Las Obligaciones Que Contrae Su Titular, Entre Ellas La De No Aprovechar Individuos, Especímenes O Productos Hasta Tanto Se Demuestre El Rendimiento Autosostenimiento De La Población Parental, Lo Cual Se Acreditará Mediante Visitas Técnicas Y Con Concepto De Alguna Facultad O Departamento Universitario A Través De Sus Especialidades De Biología, Veterinaria O Zootecnia
Decreto 1608 de 1978 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre
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