Las Instituciones Especializadas en la certificación de la aptitud psicofísica para la tenencia y el porte de armas de fuego, deben contar con profesionales de la salud debidamente registrados ante la Secretaría de Salud. Además contar con equipos especializados en la toma de estas evaluaciones y debidamente certificados en su país de origen con por lo menos 100.000 pruebas realizadas para certificar la aptitud psicofísica de personas que manejan armas de fuego, en los campos de Psicología, Optometría u Oftalmología, y Fonoaudiología.
Decreto 2858 de 2007 →In force
Article 10
Las Instituciones Especializadas En La Certificación De La Aptitud Psicofísica Para La Tenencia Y El Porte De Armas De Fuego, Deben Contar Con Profesionales De La Salud Debidamente Registrados Ante La Secretaría De Salud
Decreto 2858 de 2007 · por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 1119 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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