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Article 26

Para El Empleo Del Armamento Y Municiones, Las Empresas De Vigilancia Privada Deben Cumplir Las Siguientes Obligaciones: A) Adoptar Todas Las Medidas De Seguridad Que Eviten Pérdidas

Decreto 1445 de 1991 · por el cual se expide el manual de Uniformes y equipo para el personal de la vigilancia privada.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Para el empleo del armamento y municiones, las empresas de vigilancia privada deben cumplir las siguientes obligaciones

a)

Adoptar todas las medidas de seguridad que eviten pérdidas. Para el efecto deben proveerse de armerillos, depósitos, cajas fuertes, etc.

b)

Prestar los servicios de vigilancia y escolta con las armas de exclusiva propiedad de la empresa; no usar regrabadas, modificadas en sus características de fabricación y/o hechizas.

c)

Reportar antes de 72 horas las pérdidas de armamento y municiones cuando se presenten y en los quince días siguientes entregar en el Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos, el informe correspondiente de las circunstancias en que ocurrieron los hechos y acción tomada.

d)

Las empresas deben instruir a escoltas y vigilantes en el uso y porte de las armas, prevenir y evitar accidentes.

e)

Al término de todo servicio las armas deben regresar al depósito y constatar su entrega a la hora de los relevos.

f)

Presentar semestralmente a los Comandos Militares la totalidad de armas y salvoconductos para su revisión obligatoria, elaborando el acta correspondiente, cuya copia debe remitirse dentro de los diez días siguientes al Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares. CAPITULO III. COMUNICACIONES.

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Constitutional history

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