JurídicoESEN

Article 30

En El Evento De Que La Nación O Las Entidades Públicas Sean Condenadas A Reparar Los Daños A Las Víctimas De Atentados Terroristas, Del Monto Total De Los Perjuicios Que Se Liquiden Se Deducirán Las Sumas Que La Nación O Las Entidades Públicas Hayan Entregado A Las Víctimas O En Favor De Las Mismas, En Razón De Lo Dispuesto En El Presente Decreto Y De Los Programas De Asistencia Que Se Adopten, Por Concepto De: A) Asistencia Humanitaria, Médica, Quirúrgica Y Hospitalaria; B) Gastos Funerarios; C) Seguros; D) Subsidio De Vivienda; D) Subsidios En Materia Crediticia; E) Asistencia En Materia Educativa, Y F) Otros Apoyos Suministrados A Través De Entidades Sin Ánimo De Lucro, Con Los Propósitos A Que Hacen Referencia Los Artículos Anteriores

Decreto 444 de 1993 · por el cual se dictan medidas de apoyo a las víctimas de atentados terroristas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 30. En el evento de que la Nación o las entidades públicas sean condenadas a reparar los daños a las víctimas de atentados terroristas, del monto total de los perjuicios que se liquiden se deducirán las sumas que la Nación o las entidades públicas hayan entregado a las víctimas o en favor de las mismas, en razón de lo dispuesto en el presente Decreto y de los programas de asistencia que se adopten, por concepto de

a)

Asistencia humanitaria, médica, quirúrgica y hospitalaria;

b)

Gastos funerarios;

c)

Seguros;

d)

Subsidio de vivienda; d) Subsidios en materia crediticia;

e)

Asistencia en materia educativa, y

f)

Otros apoyos suministrados a través de entidades sin ánimo de lucro, con los propósitos a que hacen referencia los artículos anteriores.

Parágrafo

Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo, el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social llevará una contabilidad detallada de todos los pagos que se realicen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 444 de 1993