Para ascender al grado de Brigadier General o Contralmirante el Gobierno escogerá libremente entre los Coroneles o Capitanes de Navío que hayan cumplido las condiciones generales o especiales que este Estatuto determina, que posean el título de Oficial de Estado Mayor, y además hayan aprobado el curso de "Altos Estudios", en la Escuela Superior de guerra de Colombia, con una duración mínima de dieciséis (16) semanas.
Article 46
Para Ascender Al Grado De Brigadier General O Contralmirante El Gobierno Escogerá Libremente Entre Los Coroneles O Capitanes De Navío Que Hayan Cumplido Las Condiciones Generales O Especiales Que Este Estatuto Determina, Que Posean El Título De Oficial De Estado Mayor, Y Además Hayan Aprobado El Curso De "altos Estudios", En La Escuela Superior De Guerra De Colombia, Con Una Duración Mínima De Dieciséis (16) Semanas
Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
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