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Article 10

Cuando Un Detenido O Condenado, Deba Ser Trasladado De Una Cárcel A Otra, Por Motivos Legales, La Administración Procurará Que Su Viaje Se Efectúe En Vehículos O Compartimientos Oficiales Cerrados, En El Caso De Que La Traslación Pueda Verificarse, Haciendo Uso De Medios De Transporte Modernos

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

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01

Text of the article

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Cuando un detenido o condenado, deba ser trasladado de una Cárcel a otra, por motivos legales, la Administración procurará que su viaje se efectúe en vehículos o compartimientos oficiales cerrados, en el caso de que la traslación pueda verificarse, haciendo uso de medios de transporte modernos. Si estos, medios no fueren posibles se le permitirá al detenido o condenado pagar sus gastos, si lo solicitare, y en este evento se proveerá a su custodia con la discreción necesaria para evitar que el público se entere de su condición de preso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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