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Article 1

Decreto 615 de 2000 · por el cual se reglamenta el procedimiento de devolución y/o compensación del impuesto sobre las ventas en el Eje Cafetero.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º . Solicitud de devolución o compensación. Las personas naturales y jurídicas que adquieran en el país durante los años 1999 y 2000, bienes de capital, consistentes en maquinaria y equipo, para ser instalados y utilizados, durante el período de depreciación de los bienes, como activos fijos de la actividad productora de renta en los municipios señalados en los Decretos 195 y 223 de 1999, pueden solicitar devolución o compensación del impuesto sobre las ventas pagado en su adquisición, siempre y cuando no se lleve como costo, deducción o impuesto descontable, para lo cual deberán presentar la solicitud dentro de los seis meses siguientes a la fecha de adquisición de los bienes de capital.

Parágrafo

trans itorio. La solicitud de devolución del impuesto a las ventas de que trata este decreto, pagado por la adquisición de bienes entre el 26 de enero y el 31 de diciembre de 1999, deberá efectuarse en forma consolidada, cumpliendo los requisitos establecidos en el presente decreto y ser presentada ante la Administración correspondiente a más tardar el último día hábil del mes siguiente a la entrada en vigencia del presente decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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