ARTICULO 11. A partir del 1º de enero de 1994, el incremento de salario por antigüedad que vienen percibiendo los funcionarios a quienes se aplica este decreto, en virtud de lo dispuesto en los Decretos Extraordinario 1042 de 1978 y 11 de 1993 se reajustará en el veintiuno por ciento (21%). Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se desecharán.
Article 11
A Partir Del 1º De Enero De 1994, El Incremento De Salario Por Antigüedad Que Vienen Percibiendo Los Funcionarios A Quienes Se Aplica Este Decreto, En Virtud De Lo Dispuesto En Los Decretos Extraordinario 1042 De 1978 Y 11 De 1993 Se Reajustará En El Veintiuno Por Ciento (21%)
Decreto 42 de 1994 · Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.