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Article 272

Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Color, sabor, olor anormal, olor sexual o alteraciones semejantes producidos por

a)

Enfermedad crónica o grave imponen el decomiso total de la canal y las vísceras;

b)

Piensos (harina de pescado y semejantes) imponen la destinación de la canal y las vísceras para carne industrial;

c)

Tratamiento con drogas, imponen el decomiso total de la canal y las vísceras si se trata de una condición generalizada, o su aprobación, si es una condición localizada, lo cual deberá demostrarse mediante análisis de residuos y en tal caso será procedente el decomiso parcial de las partes afectadas, y

d)

Olor sexual fuerte, impone el decomiso total de la canal y las vísceras, salvo que en el concepto del Médico Veterinario Inspector sea procedente la destinación para carne industrial o distribución restringida. Si se encuentra olor sexual ligero, la carne podrá destinarse para subproductos, si dicho olor persiste después del ensayo de cocción; si desaparece podrá ser aprobada.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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