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Article 12

El Consejo Superior A Propuesta Del Rector Y Previo Estudio Del Consejo Académico, Fijarán La Remuneración Que Corresponda A Cada Docente En Acto Administrativo Motivado

Decreto 58 de 1990 · Por el cual se establece el régimen de remuneración del personal docente de la Universidad Surcolombiana y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

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Text of the article

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El Consejo Superior a propuesta del Rector y previo estudio del Consejo Académico, fijarán la remuneración que corresponda a cada docente en Acto Administrativo Motivado. La autoridad que dispusiere el pago de remuneraciones contraviniendo las prescripciones del presente Decreto, será responsable de los valores indebidamente pagados, y estará sujeto a las sanciones administrativas, penales y civiles previstas en la Ley. La Contraloría General de la República velará por el cumplimiento de esta disposición. El docente no podrá percibir en la Universidad Surcolombiana, sumas diferentes a las derivadas de la aplicación del presente Decreto.

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Constitutional history

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