Se concederá la patente por un término máximo de diez años contados a partir de la fecha del acto administrativo que la otorga. Inicialmente se concederá por cinco años y para obtener la prórroga el titular deberá acreditar ante la oficina nacional competente que la patente se encuentra adecuadamente explotada, La patente de perfeccionamiento expirará con la patente original. seccion vi De las obligaciones del titular de la patente.
Decreto 1190 de 1978 →In force
Article 29
Se Concederá La Patente Por Un Término Máximo De Diez Años Contados A Partir De La Fecha Del Acto Administrativo Que La Otorga
Decreto 1190 de 1978 · Por el cual se incorpora a la legislación nacional la Decisión 85 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.