Derecho de voz y voto en las reuniones del máximo órgano social. Pueden asistir a la reunión y ejercer su derecho de voz y voto, los accionistas inscritos en el libro de registro de accionistas. En las sociedades por cuotas o partes de interés la inscripción en el libro de registro de socios no determina su condición de tal y, por lo tanto, podrán asistir a la reunión quienes se encuentren inscritos como socios en el registro mercantil. Los asociados que se encuentren en las siguientes condiciones, no tienen derecho a participar en las reuniones:
Circular 100-000020 de 2026 →In force
Article 3.13
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.